Residencia Americana por peticion familiar
Actualizado: 20 sept
La Petición Familiar I-130 es un proceso crucial mediante el cual un ciudadano estadounidense o residente permanente legal puede solicitar la residencia permanente (Green Card) para ciertos familiares extranjeros. Este formulario, conocido oficialmente como "Petition for Alien Relative," es presentado ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). En esta guía detallada, se explican los requisitos y consideraciones esenciales para completar con éxito la Petición Familiar I-130.
1. Elegibilidad del Peticionario por petición familiar
Ciudadano Estadounidense:
Puede solicitar para su cónyuge, hijos (solteros y casados), padres y hermanos.
Los hijos deben ser menores de 21 años para ser considerados "hijos" y no "hijos adultos".
Residente Permanente Legal (LPR):
Puede solicitar para su cónyuge e hijos solteros (menores de 21 años y mayores de 21 años).
2. Documentación Necesaria por petición familiar
Para el Peticionario:
Prueba de ciudadanía estadounidense (certificado de nacimiento, pasaporte estadounidense válido, certificado de naturalización o ciudadanía).
Prueba de residencia permanente legal, si aplica (Green Card).
Para el Beneficiario:
Prueba de relación familiar con el peticionario (certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, documentos de adopción, etc.).
Prueba de identidad (pasaporte u otro documento de identidad oficial).
3. Evidencia de Relación Familiar
La evidencia documental varía según el tipo de relación:
Cónyuge:
Certificado de matrimonio válido.
Pruebas de cualquier divorcio previo, anulación o defunción de cónyuges anteriores.
Evidencia adicional para probar que el matrimonio es genuino y no para evitar las leyes de inmigración (fotos juntos, cuentas bancarias conjuntas, contratos de arrendamiento, etc.).
Hijos:
Certificado de nacimiento del hijo, mostrando los nombres de los padres.
Si es hijo adoptivo, evidencia de adopción legal.
Para hijastros, certificado de matrimonio entre el peticionario y el padre/madre biológico del hijo, y evidencia de que el matrimonio ocurrió antes de que el hijo cumpliera 18 años.
Padres:
Certificado de nacimiento del peticionario, mostrando los nombres de los padres.
Si es aplicable, certificado de matrimonio de los padres.
Pruebas de cualquier cambio de nombre, si los nombres en los documentos no coinciden.
Hermanos:
Certificados de nacimiento del peticionario y del hermano, mostrando al menos un padre en común.
Pruebas de cualquier cambio de nombre, si los nombres en los documentos no coinciden.
4. Formulario y Tarifas Formulario I-130
Formulario I-130: Debe ser completado y firmado por el peticionario.
Tarifa de Presentación: A partir de 2023, la tarifa estándar para presentar el Formulario I-130 es de $535. Esta tarifa puede estar sujeta a cambios, por lo que es importante verificar la tarifa actual en el sitio web oficial de USCIS.
5. Presentación del Formulario
El Formulario I-130 y toda la documentación de apoyo deben ser enviados a la dirección correspondiente del USCIS. La dirección varía dependiendo del estado de residencia del peticionario y el tipo de servicio de correo utilizado (correo regular, express, etc.). Es crucial revisar las instrucciones específicas en el sitio web de USCIS o en las instrucciones del formulario.
6. Proceso de Revisión y Tiempos de Procesamiento
Una vez presentado, USCIS revisará la petición y puede solicitar información adicional o evidencia. El tiempo de procesamiento puede variar significativamente dependiendo de la carga de trabajo de USCIS y la relación específica del beneficiario con el peticionario. Es posible verificar el estado de la petición en línea a través del sitio web de USCIS.
Conclusión
La Petición Familiar I-130 es un paso fundamental para reunificar a las familias bajo la ley de inmigración de Estados Unidos. Es esencial que los peticionarios y beneficiarios comprendan y cumplan con todos los requisitos documentales y legales para asegurar un proceso fluido y exitoso. Para obtener asistencia específica, se recomienda consultar con un abogado de inmigración o un representante autorizado por USCIS.
Esta guía proporciona una visión general, pero cada caso puede tener circunstancias particulares que requieran atención individualizada.
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