Declaración Jurada
Declaración Jurada de Patrocinio Económico
Tabla de Contenidos
¿Qué es una declaración jurada de patrocinio económico (formulario I-864)?
Una declaración jurada de patrocinio económico es un documento legalmente vinculante que un patrocinador debe presentar al gobierno de EE.UU. para demostrar la responsabilidad financiera de un extranjero que solicita la residencia permanente. Al firmar el formulario I-864, el patrocinador se compromete a proporcionar apoyo financiero al solicitante para que no se convierta en una carga pública, lo que significa que no dependerá de la ayuda del gobierno una vez que se convierta en residente permanente de EE.UU.
¿Quién debe presentar la declaración jurada de patrocinio económico?
Debe presentar una Declaración Jurada de Patrocinio Económico si está solicitando que un familiar inmigrante reciba la residencia permanente. Esto incluye cónyuges, hijos, padres y hermanos. Además de las peticiones basadas en la familia, ciertas peticiones basadas en el empleo también requieren la presentación del Formulario I-864.
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Peticiones basadas en la familia: Un ciudadano estadounidense o un residente legal permanente que solicite por su familiar.
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Peticiones basadas en el empleo: Obligatorio cuando un ciudadano estadounidense o residente permanente posee más del 5% de la empresa que patrocina al trabajador inmigrante.
Tipos de formularios de declaración jurada de patrocinio económico
Existen diversas variantes de la declaración jurada de patrocinio económico en función de sus circunstancias. Estas incluyen:
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Formulario I-864 (Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la INA): El formulario principal para la mayoría de las peticiones de inmigración basadas en la familia y algunas basadas en el empleo.
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Formulario I-864EZ: Una versión más sencilla del formulario I-864 que se utiliza si el patrocinador sólo patrocina a un familiar y éste cumple los requisitos económicos únicamente con sus ingresos.
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Formulario I-864A (Contrato entre el Patrocinador y el Miembro del Grupo Familiar): Es necesario si los ingresos de los miembros del hogar del patrocinador son necesarios para cumplir el requisito financiero.
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Formulario I-864W (Solicitud de exención): Se utiliza si el inmigrante ya ha trabajado 40 trimestres (aproximadamente 10 años) en EE.UU. o si puede acceder a otra exención.
Requisitos para ser patrocinador
Para poder firmar una declaración jurada de patrocinio económico, el patrocinador debe cumplir determinados requisitos:
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Ciudadanía estadounidense o residencia legal permanente: El patrocinador debe ser ciudadano estadounidense o poseer la residencia permanente.
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Requisito de ingresos mínimos: Los ingresos del patrocinador deben ser de al menos el 125% de las directrices de pobreza de EE.UU. para el tamaño de su hogar. Si no cumplen este requisito, pueden incluir los ingresos de un patrocinador conjunto o de un miembro del hogar a través del formulario I-864A.
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Domicilio en Estados Unidos: El patrocinador debe residir en EE.UU. o tener planes de restablecer su domicilio en EE.UU. antes de la entrada del inmigrante.
Formulario I-864 vs. Formulario I-864EZ
Existen varias versiones de la declaración jurada de patrocinio económico, siendo el formulario I-864EZ una versión simplificada. Utilice el I-864EZ si:
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El patrocinador es el peticionario.
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El patrocinador solo cuenta con sus propios ingresos.
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No hay miembros de la unidad familiar que aporten ingresos.
Si no se cumplen estas condiciones, el patrocinador debe presentar el formulario I-864 completo
Formulario I-864 Plazo de tramitación 2024
El plazo actual de tramitación del formulario I-864 es de aproximadamente 9.3 meses. Sin embargo, es esencial tener en cuenta que este plazo puede variar dependiendo de su situación específica.
El plazo de tramitación del Formulario I-864 afecta directamente al tiempo que tarda en aprobarse su solicitud de permiso de residencia. Comprender este plazo es crucial para los solicitantes, ya que ayuda a planificar y gestionar las expectativas.
Manténgase informado!
Para garantizar una experiencia de solicitud sin contratiempos, manténgase al día sobre cualquier cambio o novedad en relación con los plazos de tramitación del Formulario I-864. Mantenerse al corriente de la información más reciente puede ayudarle a planificar eficazmente su proceso de inmigración familiar.
Tasa de tramitación del formulario I-864
La tramitación del formulario I-864 ante USCIS no conlleva pago de tasas. Para obtener información sobre las tasas de tramitación en el Departamento de Estado de EE.UU (DOS), visite www.travel.state.gov.
¿Qué ocurre si no cumple los requisitos financieros?
Si no puede cumplir el requisito económico mínimo para patrocinar a su familiar, tiene la opción de encontrar un patrocinador conjunto. Un patrocinador conjunto puede ser otra persona (ciudadano estadounidense o residente permanente) que también firme una Declaración Jurada de Patrocinio Económico. El patrocinador conjunto debe cumplir el requisito de ingresos de forma independiente y es igualmente responsable de la manutención económica del inmigrante.
En los casos en que el patrocinador no pueda alcanzar el umbral de ingresos exigido, también puede utilizar activos como ahorros, propiedades o inversiones para cumplir el requisito financiero. Normalmente, los activos deben valer entre tres y cinco veces el déficit entre sus ingresos y el nivel exigido.
¿Cómo rellenar el formulario I-864?
La presentación del formulario I-864 es una parte importante del proceso de obtención de la residencia permanente. He aquí una guía paso a paso para completarlo:
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Descargue la última versión del formulario I-864 del sitio web del USCIS.
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Rellene los datos personales: Deberá facilitar su nombre completo, dirección, situación de ciudadanía y datos sobre el inmigrante que patrocina.
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Proporcione información financiera: Deberá indicar los ingresos totales de su unidad familiar, que deberán incluir los ingresos de su cónyuge o de otros miembros de la unidad familiar (si utiliza el formulario I-864A).
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Adjunte documentos que lo avalen: Esto puede incluir sus declaraciones de impuestos federales más recientes, prueba de ingresos (por ejemplo, talones de pago o una carta de su empleador), y la prueba de su domicilio en los EE.UU.
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Presente el formulario: Una vez completado, el formulario I-864 debe presentarse junto con el paquete de solicitud de la residencia permanente al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).
Errores comunes y dificultades del formulario I-864
Aunque completar el formulario I-864 puede parecer sencillo, hay que tener cuidado con varios errores comunes:
1. Incumplimiento de los requisitos de ingresos
Uno de los errores más frecuentes es no cumplir los requisitos económicos para patrocinar a un inmigrante. Los ingresos del patrocinador deben ser al menos el 125% de las directrices de pobreza de Estados Unidos para el tamaño de su familia. Si no alcanza este umbral:
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Considere la posibilidad de utilizar los ingresos de los miembros de la unidad familiar (a través del formulario I-864A).
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Opte por un patrocinador conjunto que pueda cumplir el requisito financiero de forma independiente.
Consejo: Consulte las últimas directrices sobre pobreza de EE.UU. y calcule los ingresos totales de su unidad familiar para asegurarse de que las cumple.
2. Proporcionar información incompleta o incorrecta
Otro error frecuente es presentar información inexacta o incompleta. Esto incluye datos que no coinciden, como su nombre, dirección o cifras de ingresos. La información inconsistente puede provocar retrasos o la denegación de la solicitud.
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Compruebe sus declaraciones de renta y la documentación sobre ingresos antes de presentarlas.
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Asegúrese de que sus datos coinciden en todos los formularios y justificantes.
Consejo: Revise a fondo el formulario o solicite ayuda profesional para evitar omitir secciones o proporcionar datos incorrectos.
3. No presentar justificantes suficientes
Al completar el formulario I-864, es esencial proporcionar los documentos justificativos necesarios para demostrar su situación económica. La falta o insuficiencia de documentación puede dar lugar al rechazo de su declaración.
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Incluya sus declaraciones de renta, W-2 y talones de pago más recientes.
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Si utiliza activos para cumplir el requisito financiero, presente pruebas de titularidad y valoración de dichos activos.
Consejo: Adjunte siempre una serie completa de documentos que respalden sus reclamaciones financieras.
4. Olvidar demostrar el domicilio en EE.UU.
Un requisito importante para los patrocinadores es mantener el domicilio en EE.UU. Si vive en el extranjero, debe demostrar que tiene intención de restablecer su domicilio en EE.UU. antes de que el inmigrante entre en el país.
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Aporte pruebas como una dirección en EE.UU., una oferta de empleo u otra documentación que demuestre su intención de regresar.
Consejo: Presente pruebas claras de su domicilio en EE.UU. para evitar complicaciones en su solicitud.
5. No utilizar la versión correcta del formulario I-864
Es importante utilizar la última versión del formulario I-864 disponible en el sitio web del USCIS. El uso de una versión obsoleta del formulario puede dar lugar a un rechazo automático.
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Descargue el formulario más reciente del sitio web del USCIS antes de completarlo.
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Compruebe que está utilizando la variante correcta del formulario en función de su situación (I-864EZ, I-864A, or I-864W).
Consejo: Confirme la versión y el tipo de formulario antes de enviarlo para evitar retrasos o denegaciones.
¿Cuánto dura la obligación de la declaración jurada de patrocinio económico?
Las obligaciones derivadas de la declaración jurada de patrocinio económico seguirán vigentes hasta que se produzca una de las siguientes situaciones:
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El inmigrante se convierte en ciudadano estadounidense.
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El inmigrante ha trabajado 40 trimestres computables (10 años) en Estados Unidos.
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El inmigrante abandona los EE.UU. de forma permanente.
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Fallece el patrocinador o el inmigrante.
Hasta que se produzca uno de estos hechos, el patrocinador está legalmente obligado a prestar ayuda económica si se necesita, y el inmigrante puede demandar al patrocinador para que le preste ayuda económica si cae por debajo del 125% del umbral de pobreza.
Preguntas Frecuentes (FAQs)
P1. ¿Quién debe presentar una declaración jurada de patrocinio económico?
Los ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes que soliciten visados familiares o tarjetas de residencia deben presentar una declaración jurada de patrocinio para demostrar que pueden mantener económicamente al inmigrante.
P2. ¿Cuáles son los requisitos de ingresos para una declaración jurada de patrocinio económico?
Para poder ser patrocinador, debe cumplir el requisito de ingresos mínimos del 125% de las Directrices Federales de Pobreza de EE.UU., que varía en función del tamaño de la familia y la ubicación.
P3. ¿Puedo tener un co-patrocinador para una Declaración Jurada de Patrocinio Económico?
Sí, si sus ingresos no alcanzan el umbral exigido, un co-patrocinador puede presentar una declaración jurada adicional para cumplir los criterios financieros.
P4. ¿Por cuánto tiempo es válida la declaración jurada de patrocinio económico?
La declaración jurada es válida hasta que el inmigrante se convierta en ciudadano estadounidense, trabaje 40 trimestres que reúnan los requisitos o abandone los Estados Unidos permanentemente.
P5. ¿Puedo retirar mi declaración jurada de patrocinio económico?
Puede retirar su declaración jurada antes de la aprobación del visado o la residencia permanente. Una vez aprobado, el compromiso pasa a ser jurídicamente vinculante.
P6. ¿Qué ocurre si no cumplo el requisito de ingresos para la declaración jurada de patrocinio económico?
Si sus ingresos son insuficientes, puede utilizar sus bienes o tener un patrocinador conjunto que le ayude a cumplir el requisito financiero de la declaración jurada.
P7. ¿Puedo retirar mi declaración jurada de patrocinio económico después de presentarla?
Una vez que se presenta la Declaración Jurada y se otorga la residencia, no se puede retirar. La responsabilidad financiera se mantiene hasta que se produce uno de los eventos de terminación mencionados anteriormente.
P8. ¿Qué ocurre si fallece el patrocinador?
Si el patrocinador fallece antes de que el inmigrante reciba su permiso de residencia, la declaración jurada de patrocinio económico pierde su validez. En este caso, un nuevo patrocinador deberá presentar una declaración jurada para el inmigrante.
P9. ¿Tengo que presentar una nueva declaración jurada para cada familiar?
Sí, se debe presentar un Formulario I-864 por separado para cada familiar que patrocine, aunque los patrocinadores conjuntos pueden presentar Formularios I-864 adicionales para el mismo familiar si es necesario.